La Prisión Permanente Revisable.

Tengo ganas de escribir algo serio sobre este tema pero como nunca tengo tiempo lo dejaremos en algo breve y relativamente light analizando lo que yo creo que son los cuatro puntos calientes del asunto.

  1. Desde el punto de vista de la prevención del delito (tanto desde el punto de vista original como del de la función ejemplarizante de la pena) está muy demostrado que no es tanto la gravedad de la pena como la certeza de la misma imagenla que disuade al posible criminal de serlo. La pregunta que se hace uno ante la tentación de un delito doloso (en el que sabes lo que estás haciendo y quieres hacerlo) no es, básicamente, “¿cuánto me va a caer por esto?” sino “¿puedo hacerlo sin que me pillen?”. En este sentido la protección de la ciudadanía apenas mejora con el aumento de las penas pero sí que con el de la eficacia de policía y tribunales así que ese argumento es bastante malo. Recordemos además que los delitos por los que te puede caer PPR son básicamente asesinatos y violaciones muy agravadas, no malversaciones y cosas así.
  2. Desde el punto de vista de la protección subsiguiente, es decir de evitar que imagencuando salga vuelva a las andadas, está claro que cuanto más tarde en salir más va a tardar en tener la oportunidad de volver a las andadas y que quien quita la ocasión quita el peligro. Como ciudadano encuentro este argumento respetable y opino que la parte de “revisable” de la ley cubre suficientemente el asunto, básicamente; si vemos que el tipo ha dejado de ser un peligro nos replantearemos soltarlo pero si no lo vemos seguirá encerrado. Pero como no soy cualquier ciudadano sino que encima soy liberal y jurista no me gusta porque invierte la carga de la prueba: no debería ser yo quien tengo que demostrar que no soy un peligro para ser libre, debería ser el Estado quien tiene que demostrar que lo soy para evitar que sea libre. ¿El fin justifica los medios? En mi opinión, y en general, no.
  3. Desde el punto de vista de la justicia retributiva, es decir de que hay que castigar a quien hace algo malo porque es justo, más allá de lo discutible que es esa idea en si misma me parece que la gente que habla de la cadena perpetua porque diez años son poco no ha pisado una cárcel en su vida.imagen Yo ejercí derecho penitenciario en mis primeros años y os garantizo que una cárcel es un sitio espantoso y deprimente, de tortura diaria, de reglamentación y aburrimiento y droga y violencia de todo tipo. No me extraña que la mitad de los líderes independentistas encarcelados estén llorando por las esquinas y que otros hayan huido; a lo mejor no es tanto cobardía como información de lo horrible que es eso. Creedme, por muy humanas que hagas las cárceles el tipo de encerramiento y de reglamentación de la vida es castigo suficiente. A menos que tengas una mente muy disciplinada y te dediques a leer y a sacarte carreras o que tengas mucha imaginación seas una persona espiritual como Junqueras y te dediques a orar (que sé por experiencia que puede ser muy gratificante) lo vas a pasar muy, muy mal.
  4. Por último, hablando estrictamente como jurista, la ley me parece anticonstitucional. Habrá que ver que dice el TC, pero nuestra Constitución dice (Art. 25.2) que “las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social”. La cadena perpetua, igual que imagen_6880-540x372la pena de muerte, suponen la renuncia del Estado de esta obligación porque básicamente consisten en decir que esa persona no puede ser reeducada y reinsertada luego lo que hay que hacer es quitarla de en medio para siempre. No me voy a meter en el asunto de si efectivamente los asesinos y violadores pueden ser reeducados o no, estrictamente como jurista la Constitución dice que hay que trabajar para ello así que obliga al Legislador a pensar que es posible y punto. Así que, como le digo a los partidarios de la “acción directa” y últimamente a los independentistas: si no te gusta cómo están las cosas convence a suficiente gente y cambia la Constitución; pero hasta que no lo hagas no puedes hacer esto.

Personalmente, y dejando el punto 4 a un lado que es puro positivismo, lo de la PPR me parece una idea que es más mala que buena pero que tampoco es una monstruosidad como la pena de muerte. La falta de racionalidad del Pueblo y el populismo de sus dirigentes que permea todo el debate tanto en uno como en otro lado, en cambio, me parecen de lo más lamentable.

Hala, al rincón a pensar.

Arthegarn

Las ayudas al alquiler de Plan Estatal de Vivienda

Un articulito rápido para explicar este tema.

Como muchos sabréis se acaba de publicar el Real Decreto 106/2018 por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. Dicho plan contiene una serie de ayudas al alquiler de vivienda, especialmente para menores de 35 años y mayores de 65, que básicamente se traducen en que el Estado te paga hasta el 40% de la renta de tu alquiler. Lo que ha circulado por los medios es que para acceder a estas ayudas había que tener unos ingresos inferiores a tres veces (o tres veces y media según el medio) el IPREM. Y, en efecto, si uno se lee deprisa el BOE se encuentra con el artículo 11 que dice:

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Wops, la primera en la frente. No estamos hablando de las rentas de quien solicita la ayuda sino de la suma de las rentas de todas las personas que conviven en la casa, independientemente de que el contrato esté a su nombre o no. O sea, que en un piso compartido entre todos no pueden cobrar más de 22.589,28 euros anuales (brutos) para poder acceder a esta ayuda.

Menudo bajón, pensaréis. Pero, bueno, cuestión de no irse a un piso compartido. Es muy difícil que entre yo y dos colegas no lleguemos a los 22.500 anuales pero si me voy yo solo sí que llego porque ya me gustaría a mí cobrar 20.000 anuales no te digo ya 22.500. Igual hasta se puede venir mi novio conmigo, que somos los dos mileuristas…

Bueno, pues tampoco. Si uno sigue leyendo hasta el artículo 17 se encuentra con algo llamado «límite máximo de ingresos de la unidad de convivencia (LIUC)», o sea la suma de lo que ganan todos los que viven en el piso, y que resulta que como máximo es de tres veces el IPREM. En realidad:

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¿Y qué quiere decir este artículo, de redacción particularmente mala? Pues lo siguiente:

  • si en el piso vive una sola persona no puede ganar más de 11.294,64 € anuales,
  • si viven dos, 15.059,52 entre las dos,
  • si viven tres, 18.824,4 y
  •  si viven cuatro ya llegamos al límite de 22.589,28, 3 X IPREM.

Cuando se te pasa el mosqueo ves que el tema tiene su lógica. Una persona que gana 22.500 euros anuales no necesita una ayuda del Estado para irse a vivir sola (no, en Madrid tampoco) y desde luego mucho menos que una familia de cuatro personas con la misma renta. ¿Qué significa esto? Pues que esta es una ayuda de verdad para gente que de verdad tiene problemas para llegar a fin de mes y sobre todo para familias con hijos, especialmente monoparentales. No es el caramelito de café para todos del IRPF que sí que cubría esas rentas (y las superaba, porque era con base imponible hasta los 24.107).

Me da un poco de rabia porque esperaba que este plan contribuyera  ayudar a varios amigos míos que viven de alquiler y a los que una manita de estas características no les hubiera venido nada mal, pero una vez meditada la verdad es que la medida es buena, que ayuda a quien más lo necesita, y que por mucho que grite alguno por Twitter no va a producir un incremento en los precios de los alquileres igual a la cuantía de la ayuda ni un floreciente mercado negro de alquileres de habitaciones en pisos compartidos (mayor que el existente, al menos).

En cualquier caso, como me lo he tenido que empollar por razones de trabajo y he visto que como funciona en realidad no es como parecía que iba a funcionar, dedico mi hora de la comida a contaros como va en realidad. Hay otra serie de requisitos y particularidades (por ejemplo el alquiler del piso no puede superar los 600 euros mensuales aunque en Madrid, Barcelona y otras ciudades probablemente suba a 900 y hay casos en los que se pueden superar los tres IPREM, como familias numerosas o discapacitados) pero la cortapisa más importante que probablemente os encontréis sea esta que os he comentado y el chasco de que no toca será, probablemente, por esto.

Así que siento las malas noticias, camaradas. Eso sí, si alguien cree que puede tener acceso a estas ayudas y se lía al leer el BOE o quiere más ayuda yo, como siempre, encantado de echar una mano si puedo. Ya sabéis donde encontrarme.

Y no, no os voy a cobrar. Pro boooono.

Un saludo,

Arthegarn

Un apunte sobre este blog.

En tres palabras: tiene quince años.

Aun estoy terminando de migrar todo lo que tengo en mi antiguo LiveJournal pero el hecho es que este blog empezó en 2003. El mundo ha cambiado mucho desde entonces y yo, que no soy tonto, he cambiado con él y más. Me resulta fascinante hoy en día leer artículos o incluso series de artículos hace años como La Sopa Boba, arículos que si escribiera hoy día expondrían una postura más matizada, corregida, totalmente distinta o que quizá incluso no habrían sido publicados. Me es muy divertido y gratificante ver como he cambiado, me gusta pensar que crecido, en todos estos años y reírme a veces de meteduras de pata tan sonadas como mis predicciones de El Gran Quadre. Pero lo importante es precisamente esto, que he cambiado.

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He cambiado en estos quince años, se lo juro, agente.

Hay gente que llega a este blog sin conocerme o precisamente intentando conocerme y a ella es a quien dirijo esta entrada. Si lees un artículo que no está en la portada, al que llegas por una búsqueda en Google o por un «¿Desea saber más?» de etiquetas o artículos sugeridos… mira la fecha de publicación porque a lo mejor lo que leas no representa mim opinión actual sobre el tema. La evolución consiste en cambiar para mejorar y yo he cambiado mucho en quince años, creo que para mejor. No en muchos aspectos, desde luego, mis valores nucleares siguen siendo los mismos, pero sí que he adquirido más información que me ha hecho ver el mundo de otra manera, más ajustada a la realidad, y mi opinión ha cambiado con mi punto de vista. Como tiene que ser. Nunca seré un revolucionario pero estoy mucho menos apegado al pasado de lo que muchos de mos conocidos creen y cuanto más crezco menos lo estoy.

¿Qué hacer en este caso? Pues si te interesa saberlo deja un comentario en la entrada preguntando si sigo pensando lo mismo y te lo diré o, en su caso, escribiré un nuevo artículo actualizando mi postura. La única excepción son los artículos de «Mi Fe«, esos no puedo actualizarlos en su mayoría hasta que encuentre algo que he perdido en el hipotético caso de que lo encuentre alguna vez y por Spock que me gustaría. Hasta entonces están cristalizados porque simplemente no puedo mirar esa parte de mi mismo a ver si ha cambiado. Una pena, pero…

Y, nada, Gracias por leerme,

Arthegarn

 

El pecado de Onán.

El pecado de Onán, en contra de lo que dicen la tradición y la propia palabra «onanismo», no es la masturbación ni ningún pecado de tipo sexual sino la avaricia.

Lo comento al hilo de una necedad que acabo de oír en la radio y en aras de aumentar la cultura general. Podéis leerlo en Gen 38 1:10, pero Judá tuvo dos hijos, Er y Onán y ambos se casaron. Er, el mayor, hizo algo que desagradó a Dios y Dios lo quitó de en medio pero como su esposa no había hecho nada y era injusto que se quedara viuda y sin descendencia Dios se fue a Onán y le recordó(1), personalmente, la ley del Levirato.

El Levirato, establecido a su vez en Dt. 25 5-10, obliga al hermano de un difunto queOnan_the_Barbarian muere sin descendencia a casarse con su viuda para dársela y a todos los efectos se considera que los hijos nacidos de esa unión son hijos del difunto, no del hermano supérstite. Hay varias razones sociales para hacer esto pero las más importantes eran evitar el desperdicio de materiales que supone que una mujer en edad fértil del clan no tenga descendencia y evitar que la viuda quede en el arroyo(2) y en cualquier caso da lo mismo porque lo dijo Dios, punto redondo.

En el caso de Onán el levirato tenía importantes consecuencias patrimoniales. Él era el segundo hermano y al morir Er se había convertido en el único heredero de Judá. Pero si Tamar (la mujer de Onán) tenía un hijo, entonces ese hijo sería el heredero de Judá al considerarse que era el primogénito del primogénito y Onán se quedaría, como quien dice, con una mano delante (ja, ja) y otra detrás. Así que, aunque cumplió la orden de Yahvé en la letra y se casó con Tamar, la incumplió en espíritu porque cuando iba a llegar al orgasmo, zasca, coitus interruptus y a eyacular por ahí. En ningún momento se dice, ni se sugiere, que Onán se masturbara. Su pecado no tiene nada que ver con la lujuria, el coitus interruptus debe ser el antónimo de la lujuria. Su pecado es la avaricia y es por ese pecado por el que desagrada a Dios(3) y éste, como con su hermano, lo quita de en medio.

Arthegarn_________________

(1) Permítaseme la licencia de decir que Dios le “recuerda” a Onán un principio que, de acuerdo con la historia sagrada, se codifica años después. Judá era hijo de Jacob y el Deuteronomio en teoría se basa en los discursos de Moisés que era su tataranieto (de Jacob).
(2) La mujer en el judaísmo clásico carecía casi por completo de derechos por si misma. Su valía y su identidad se definían por el varón más cercano y eran siempre la hija, la esposa o la madre de alguien; cuanto menos su hermana o su suegra. Esta discriminación, por cierto, genera el concepto de la almah, la mujer en edad casadera que se va a quedar para vestir patriarcas (no había santos en esa época) y que debido a una mala traducción al griego como parthenos da lugar al mito de la virgindad de la Virgen que tanta tinta y sangre ha derramado.
(3) Por aumentar otro poco la cultura general, los babilónicos tenían un rito mágico consistente en que el dueño de un campo se masturbara sobre él para fertilizarlo y que produjera mejores cosechas. Muy probablemente la idea de que Onán se masturbara, pese a que el Génesis no diga que lo hiciera, sea resultado de esta contaminación babilónica como lo de la quijada de asno y tantas otras cosas del Génesis )empezando por la creación de Adán con arcilla en Génesis 2).