Un articulito rápido para explicar este tema.
Como muchos sabréis se acaba de publicar el Real Decreto 106/2018 por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. Dicho plan contiene una serie de ayudas al alquiler de vivienda, especialmente para menores de 35 años y mayores de 65, que básicamente se traducen en que el Estado te paga hasta el 40% de la renta de tu alquiler. Lo que ha circulado por los medios es que para acceder a estas ayudas había que tener unos ingresos inferiores a tres veces (o tres veces y media según el medio) el IPREM. Y, en efecto, si uno se lee deprisa el BOE se encuentra con el artículo 11 que dice:
Wops, la primera en la frente. No estamos hablando de las rentas de quien solicita la ayuda sino de la suma de las rentas de todas las personas que conviven en la casa, independientemente de que el contrato esté a su nombre o no. O sea, que en un piso compartido entre todos no pueden cobrar más de 22.589,28 euros anuales (brutos) para poder acceder a esta ayuda.
Menudo bajón, pensaréis. Pero, bueno, cuestión de no irse a un piso compartido. Es muy difícil que entre yo y dos colegas no lleguemos a los 22.500 anuales pero si me voy yo solo sí que llego porque ya me gustaría a mí cobrar 20.000 anuales no te digo ya 22.500. Igual hasta se puede venir mi novio conmigo, que somos los dos mileuristas…
Bueno, pues tampoco. Si uno sigue leyendo hasta el artículo 17 se encuentra con algo llamado «límite máximo de ingresos de la unidad de convivencia (LIUC)», o sea la suma de lo que ganan todos los que viven en el piso, y que resulta que como máximo es de tres veces el IPREM. En realidad:
¿Y qué quiere decir este artículo, de redacción particularmente mala? Pues lo siguiente:
- si en el piso vive una sola persona no puede ganar más de 11.294,64 € anuales,
- si viven dos, 15.059,52 entre las dos,
- si viven tres, 18.824,4 y
- si viven cuatro ya llegamos al límite de 22.589,28, 3 X IPREM.
Cuando se te pasa el mosqueo ves que el tema tiene su lógica. Una persona que gana 22.500 euros anuales no necesita una ayuda del Estado para irse a vivir sola (no, en Madrid tampoco) y desde luego mucho menos que una familia de cuatro personas con la misma renta. ¿Qué significa esto? Pues que esta es una ayuda de verdad para gente que de verdad tiene problemas para llegar a fin de mes y sobre todo para familias con hijos, especialmente monoparentales. No es el caramelito de café para todos del IRPF que sí que cubría esas rentas (y las superaba, porque era con base imponible hasta los 24.107).
Me da un poco de rabia porque esperaba que este plan contribuyera ayudar a varios amigos míos que viven de alquiler y a los que una manita de estas características no les hubiera venido nada mal, pero una vez meditada la verdad es que la medida es buena, que ayuda a quien más lo necesita, y que por mucho que grite alguno por Twitter no va a producir un incremento en los precios de los alquileres igual a la cuantía de la ayuda ni un floreciente mercado negro de alquileres de habitaciones en pisos compartidos (mayor que el existente, al menos).
En cualquier caso, como me lo he tenido que empollar por razones de trabajo y he visto que como funciona en realidad no es como parecía que iba a funcionar, dedico mi hora de la comida a contaros como va en realidad. Hay otra serie de requisitos y particularidades (por ejemplo el alquiler del piso no puede superar los 600 euros mensuales aunque en Madrid, Barcelona y otras ciudades probablemente suba a 900 y hay casos en los que se pueden superar los tres IPREM, como familias numerosas o discapacitados) pero la cortapisa más importante que probablemente os encontréis sea esta que os he comentado y el chasco de que no toca será, probablemente, por esto.
Así que siento las malas noticias, camaradas. Eso sí, si alguien cree que puede tener acceso a estas ayudas y se lía al leer el BOE o quiere más ayuda yo, como siempre, encantado de echar una mano si puedo. Ya sabéis donde encontrarme.
Y no, no os voy a cobrar. Pro boooono.
Un saludo,
Arthegarn