La valija diplomática de Gibraltar

El día 22 se produjo un, tan supuesto como mediático, incidente internacional entre el Reino de España y el Reino Unido de la Gran Bretaña y el Norte de Irlanda. De acuerdo a los medios de comunicación internacionales (e incluso a algunos españoles que hasta se han enterado) la Guardia Civil, en la frontera con Gibraltar, habría abierto y registrado una inviolable valija diplomática que salía del Peñón, en flagrante violación de la Convención de Viena. Como respuesta, el Reino Unido ha emitido una nota verbal diplomática de protesta, y ha aprovechado la coyuntura para,Sean Connery as James Bond como tan bien sabe hacer, difamar a España ante la comunidad internacional(1) y acrecentar su leyenda negra. Pero, como en el caso de la leyenda negra, ¿qué hay de realidad en todo esto?

Si nos remitimos a los hechos tal y como los cuentan los medios que los cuentan (o sea los españoles, los internacionales no narran los hechos en detalle sino que saltan a la conclusión de que España ha abierto una valija diplomática) resulta que un Guardia Civil, en la frontera con Gibraltar, habría advertido algo sospechoso en unas sacas de correspondencia, al menos una de ellas precintada como valija diplomática, y las habría abierto para inspeccionarlas. Las tales sacas provenían de la oficina del Gobernador de Gibraltar y estaban siendo transportadas a través de la frontera terrestre por un servicio ordinario de mensajería (o sea, NACEX o UPS, por ejemplo).

Bien, ¿constituye esto una violación de la Convención de Viena? ¿Ha cometido el Reino de España un gravísimo acto de ofensa diplomática, tratando al Reino Unido de un modo que ni Palestina trata a Israel, ni la Unión Soviética a Estados Unidos en los peores años de la Guerra Fría? Pues no. Porque hemos tenido mucha suerte, pero no. A la hora de la verdad todo parece indicar que el incidente es debido a un guardia civil que, simplemente, no se dio cuenta del precinto de las sacas, en lo que se conoce como un error honesto, una metedura de pata, un “Oh, mierda, he abierto lo que no debía, el sargento me va a matar”; hábilmente utilizado por los eficientísimos servicios de propaganda británicos para escalarlo a incidente internacional y meter presión sobre España con el asunto de Gibraltar. Pero esta vez, al menos esta vez, parece que la suerte ha venido a rescatarnos porque técnicamente , por muy precintadas que estuvieran las sacas, no son valija diplomática.

Me explico. Las misiones diplomáticas (en adelante, las “Embajadas”, aunque técnicamente no tengan que ser embajadas) y el correo que emiten y reciben están reguladas por Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 18 de abril de 1961. Esta convención define lo que es una Embajada, los requisitos que tiene que cumplir un embajador para ser considerado como tal, y en rm30-convenciondevienasu artículo 27 habla del correo y la valija diplomática y los requisitos que tiene que cumplir para ser considerada como tal. Uno de estos requisitos es que la valija tiene que tener su origen o destino en una embajada(2), ya que lo que está protegido por la convención es la comunicación entre la misión diplomática y su gobierno. Como la saca salía de la oficina del Gobernador de Gibraltar(3) y el Gobernador de Gibraltar no es un diplomático, la saca en cuestión no tiene la condición de valija diplomática. Independientemente de que el Gobierno Británico le ponga una cinta verde que ponga “Diplomatic Bag”; una valija diplomática no lo es porque lo diga el estado emisor y punto, tiene que tener ciertas características y este envío no las cumplía(4)

Por si no queda claro, voy a intentar explicarlo como si no tuvierais ni idea de Derecho Internacional:

  1. Los sujetos del Derecho Internacional Público (es decir, los que están afectados por esta rama del derecho) son los estados soberanos. Los estados soberanos son aquellos que gozan de soberanía, es decir, de poder normativo absoluto en sus territorios y sobre sus nacionales. El Derecho Internacional Público regula las relaciones entre estados soberanos.
  2. Debido al carácter soberano de los Estados, estos solo están obligados por aquellos tratados internacionales que acepten suscribir. Si, por ejemplo, Japón no firma la Convención de Ginebra sobre el trato de prisioneros de guerra, no está obligado por la Convención de Ginebra y el coronel Nicholson no va a conseguir que esté obligado por ella por mucho que se la enseñe al coronel Saito. Es el argumento “Yo no he firmado eso nunca, oiga”.
  3. Del mismo modo, los estados parte en un tratado solo están obligados por ese tratado ante otros estados que también sean parte de él. Exactamente por la misma razón por la que Nicholson no puede exigirle nada a Saito, si la situación fuera a la inversa Saito no podría exigirle nada a Nicholson. Es el argumento “Yo no he firmado nada con usted sobre esto, oiga”
  4. La Convención de Viena es parte del Derecho Internacional Público. Prueba de ello es que sus firmantes son estados soberanos de acuerdo incluso a la primera frase de su preámbulo (”Los Estados Partes en la presente Convención…”).
  5. La Convención de Viena regula la existencia y régimen de misiones diplomáticas, incluyendo el régimen de la valija diplomática.
  6. Gibraltar puede ser un estado soberano o no serlo. Entre nosotros, no lo es, pero he tenido ciertos argumentos que apoyan que el envío es valija diplomática porque el Gobernador de Gibraltar es una especie de embajador del Reino Unido ante Gibraltar y quiero analizar ambos casos para dejar claro que el peculiar estatus de Gibraltar es irrelevante en todo este asunto, porque:
    • 6.a.- Si Gibraltar no es un estado soberano y es parte del Reino Unido, Reino Unido no puede tener una legación diplomática ante Gibraltar porque las legaciones diplomáticas, cuyas valijas están protegidas por la Convención de Viena, se tienen entre estados soberanos. Vuelvo al preámbulo de la convención que claramente habla de los estados partes en la misma. Ante algo que no es un estado (lo que es más, un estado parte) puedes tener cualquier tipo de representación, pero no una misión diplomática cubierta por la Convención de Ginebra porque la Convención de Ginebra solo se aplica entre estados (parte). De acuerdo con esto, si Gibraltar no es un estado soberano, el Gobernador de Gibraltar no puede ser un diplomático de Reino Unido ante Gibraltar porque las misiones diplomáticas solo se tienen entre un estado emisor y un estado receptor, ergo su correo no está en ningún caso protegido por la Convención de Viena.
    • 6.b.- Si Gibraltar fuera un estado soberano, lo que permitiría que Reino Unido tuviera embajadores ante él, resultaría que no sería firmante de la convención de Viena (ver la lista de países suscriptores de la Convención de Viena), con lo cual no está ni protegido ni obligado por la misma. Así pues:
      • 6.b.1.- Si la valija interceptada estaba supuestamente cubierta y protegida por la soberanía de Gibraltar, no se aplica el Convenio de Viena porque Gibraltar no es parte, y
      • 6.b.2.- Si la valija interceptada estaba supuestamente cubierta y protegida por la soberanía del Reino Unido (de acuerdo a la cláusula de terceros países), tampoco está protegida por el Convenio de Viena porque, como Gibraltar no es miembro de la Convención de Viena, que es la que define y protege las Embajadas, Reino Unido no puede tener una Embajada ante él protegida por este tratado ya que esas se tienen solo entre estados contratantes. Si Reino Unido reconociera la soberanía de Gibraltar (cosa que, insisto, no hace) no podría tener ante Gibraltar una misión diplomática cubierta por la Convención de Viena porque Gibraltar no es parte de la Convención de Viena, ergo a efectos del tratado lo que tuviera ahí no sería una misión diplomática. Ergo la saca en cuestión, al no proceder ni ir destinada a una Embajada no tiene consideración de valija diplomática.(5)

Esto por aquello de la divulgación, para que tengáis información técnica al respecto del incidente y para que, en la medida de lo posible, mitiguéis los siempre exitosos intentos de mis admirados británicos para acrecentar la Leyenda Negra de España. Porque, por mucho que les admire, la verdad es la verdad y me debo mucho más a la verdad que a mis anglofilias. Y, la verdad, porque ya tenía el 90% escrito a base de discusiones en Facebook…

Un saludo,

Arthegarn_________________

(1) Por supuesto, el hecho de que los británicos sepan difamar tan bien a España y que lleven haciéndolo casi impunemente y con tantísimo éxito desde el siglo XVI lo único que hace es incrementar mi admiración por ellos. Que nadie confunda este artículo con una pataleta españolista y antibirtánica, si a mi mañana me ofrecieran la ciudadanía británica renunciaría a la española tan deprisa que los fotones acabarían en la cuneta preguntándose quién es ese loco que les ha adelantado de esa manera.
(2) Insisto en que estoy utilizando “Embajada” en el sentido de “misión diplomática como está regulada en la Convención de Viena”, no de acuerdo a su definición de diccionario. En este sentido técnico, por ejemplo, “Embajada” incluiría el domicilio privado del jefe de misión y cosas así. No es que sea terriblemente relevante, pero lo reitero por si acaso.
(3) Muy importante: no confundir al Gobernador de Gibraltar con el Ministro Principal de Gibraltar. El Ministro Principal, el infamous Fabian Picardo, es el jefe del Gobierno de Gibraltar, elegido democráticamente entre los gibraltareños (para entendernos: el Alcalde-Presidente de Ceuta), mientras que el Gobernador de Gibraltar es el representante de la Reina en Gibraltar, una especie de virrey con las atribuciones típicas que tienen los reyes hoy en día: nombrar al Ministro Principal una vez que le han votado, supervisar la justicia y cosas así.
(4) Además, por cierto, la valija diplomática tiene que ser transportada por un correo diplomático con documentación que acredite su condición y la de la valija diplomática como tales, y algo me dice que el tipo de UPS que llevaba la saca no tenía la condición de correo diplomático…
(5) Como sé que eso me ha quedado bastante denso voy a poner un ejemplo práctico y real. El correo entre el Gobierno de Guatemala y su misión diplomática en la República de China (Taiwan, vamos) no es valija diplomática ya que, aunque Guatemala sea firmante de la Convención de Viena, Taiwan no lo es; y el hecho de que Guatemala reconozca unilateralmente la independencia de Taiwan y considere que su embajada allí tiene consideración de misión diplomática no quiere decir que esté protegida por la Convención de Viena ni que la República Popular de China (China, vamos) no vaya a echarle mano a esas sacas en cuanto pueda. Por mucho que Guatemala les ponga un sello verde, no están protegidas por la Convención ya que a efectos de la misma lo que Guatemala tiene en Taiwan no es una embajada porque Taiwan no existe a efectos de ese tratado. Así pues el correo que sale de ahí no tiene consideración de valija diplomática.

 

18 opiniones en “La valija diplomática de Gibraltar”

  1. Los SjDIP no son exactamente los estados soberanos, pero es meterse en un jardín. Incluso si Gib fuera un SjDIP, el Gob no puede ser un representante diplomático de GB ante Gib porque no ejerce funciones de tal, sino que se integra en la organización pol-administrativa de Gib. Es evidente, pero el Gob de Gib no puede estar acreditado ante el Gob de Gib, por lo que no puede ser jefe de misión. Y la correspondencia del Gob no es inviolable para las autoridades de Gib. En este sentido, lo que habría que mirar es cuál es la regulación de la correspondencia entre estados, no entre un estado y su misión. Supongo que lo normal es que el estado remitente lo despache a su misión en el estado destinatario, y ésta lo entregue como proceda. Cosa que en este caso es imposible. En cualquier caso, todo esto es divagar porque, aunque Gib fuera un ente soberano, sus relaciones diplomáticas son llevadas por GB por lo que no creo que se le pudiera considerar SjDIP distinto de GB.

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  2. Veo lo que dices, pero el problema esta en el status de Gibraltar, que es bastante complejo. Al ser un territorio britanico de ultramar es dependiente del reino unido, asi que al ser el reino unido firante de la convencion de viena gibraltar, al depender de ellos, tambien queda recogido por esta. Pero no son parte del reino unido, son otro estado. Por lo tanto las valijas viajarian bajo la autoridad del reino unido, firmante de la convencion de viena, y ponerse por parte de España a decir que «ese señor no es una mision diplomatica» es abrir una caja de truenos bastante gorda. Porque le podra decir que no es una embajada (que no lo es ni lo han pretendido en ningun momento) pero es una delegacion diplomatica representante del reino unido en un estado externo a el. De hecho tu pones que «ni procedia ni iba destinado a una mision diplomatica» pero no es necesariamente asi, muy posiblemente la valija, que parece que iba destinada para la Foreign Office, por la ruta que llevaba iba destinada a la embajada idel Reino Unido en Malaga.

    No se, no te digo que no vea tu punto de vista, que lo veo, ni que el caso no pueda ser complicado, que lo es, pero si te digo que en mi humilde opinion abrir una bolsa marcada como valija diplomatica en la frontera con Gibraltar ha sido una burrada, que el Reino Unido no se lo va a tomar nada bien y que el hecho va a traer cola. Respecto a los particulares legales no te puedo decir mas hasta que haya mas noticias y se sepa mas.

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    1. Jorge, chico… Ya no sé cómo contestar… You are cherry-picking y las cosas no son así. Y mezclando argumentos, mientras que yo los pongo claros como el agua y numerados, se me hace muy difícil argumentar. Pero intentaré contestar a lo que creo que son todos tus argumentos.

      PRIMERO: Asunto estatuto de Gibraltar. Desde mi punto de vista:
      1.- Si son un Estado soberano e independiente (que no lo son) no están cubiertos por la Convención de Viena porque no la han firmado.
      2.- Si no son un Estado soberano e independiente, no están cubiertos por la convención de Viena porque no hay elemento diplomático alguno.
      Pe o no Pe. O son un estado soberano o independiente o no lo son. Primero dime lo que son según tú, y luego discutimos las consecuencias jurídicas de que tengan esa condición.

      SEGUNDO: Caja de los truenos: La autoridad del Reino Unido termina, como la de todos los estados, en su frontera. Fuera de su frontera está sometido a la autoridad de otros estados de acuerdo a los tratados internacionales. Me da igual lo gorda que sea la caja de los truenos que se puede abrir si el Gobierno de España dice que el Gobernador de Gibraltar no es una autoridad diplomática, sigue siendo cierto, no lo es. Eppur si muove.

      TERCERO: Delegación diplomática en estado externo a él. Eso solo es posible si es un estado soberano. Si no es un estado soberano no se pueden tener relaciones diplomáticas porque las relaciones diplomáticas, por la propia definición del Convenio de Viena, solo se tienen entre estados soberanos. Reino Unido puede patalear todo lo que quiera y llamar a Gibraltar internamente lo que le de la gana, por mi como si lo llama Hegemonía Soberanísima del Peñón; y a su representante allí le puede llamar Gobernador, Virrey, Embajador o Hegemón Soberanísimo, pero a efectos del derecho internacional, o Gibraltar es un estado soberano o no lo es (y no lo es) y en función de ello se se pueden acreditar embajadores ante él o no. Y además es que su condición de estado soberano o no es irrelevante a efectos de si el envío puede ser considerado valija diplomática, me remito otra vez al punto primero.

      CUARTO: destino del envío. En primer lugar, en Málaga no hay embajada, hay consulado. La embajada está en Madrid. No es una diferencia irrelevante. Pero es que además, incluso si las cosas fueran como las describes, el hecho de que una carta esté destinada a la embajada no es suficiente. Tiene que ser una comunicación oficial entre la embajada y el Gobierno o viceversa. Una comunicación entre la embajada y el Foreign Office puede ser diplomática, pero una comunicación entre el Gobernador de Gibraltar y el Foreign Office, o entre el Gobernador de Gibraltar y el consulado británico en Málaga, no lo es de acuerdo a la letra del tratado (en honor a la verdad tengo que decir que en ciertos casos un poco de laboratorio sí que podría considerarse como tal, pero dudo muchísimo que sea el caso). Y a la letra del tratado, una vez más al artículo 27, me remito.

      Por último, estoy totalmente de acuerdo contigo en que, sea o no sea valija diplomática, el asunto va atraer cola, entre otras cosas porque, desde el punto de vista histórico la verdad nunca ha detenido a los ingleses a la hora de poner a parir a España. Pero es que no estamos discutiendo esto, estamos discutiendo si técnicamente el envío tiene características de valija diplomática, y creo que he demostrado que no las tiene.

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      1. Hijo, la verdad que a mi no me parece tan complicado, aunque en lo ultimo que dices veo parte del problema pero ya llegaremos a ello. Pero mira, si lo quieres numerado para que te sea mas sencillo (pero no me pidas un diagrama con manzanas, por favor)
        PRIMERO: Ahi radica la madre del cordero. Segun Inglaterra Pe, segun España No Pe y segun la comunidad internacional esta por decidir si Pe o no Pe (Mu) Como ya dije, no es tan sencillo.
        SEGUNDA: La autoridad de un pais termina donde la puede dejar de imponer. Lo de la frontera es muy bonito, pero no es verdad. Y con, por ejemplo, el montante de deuda de la Seguridad Social con compañias farmaceuticas inglesas la autoridad del Reino Unido llega a Madrid. Sin problema y sobraos.
        TERCERO: Lease punto PRIMERO.
        CUARTO: Idem

        Respecto la conclusion tengo que decir que eso no es lo que yo estoy discutiendo. Mas que nada porque no creo que ni tu ni yo tengamos suficiente informacion para decirlo. Lo que yo estoy discutiendo es si Reiino Unido tiene razones para argumentar que España ha incurrido en agresion al tratado de Viena por haber abierto lo que ellos afirman que es una valija diplomatica suya en la frontera entre España y Gibraltar. Y yo creo que los tienen. Y eso dejando aparte que:

        -Si no habia una documentacion (razon suficiente para DETENER la valija, pero no para ABRIRLA) el gobierno de España no tenia forma, antes de abrirla, de saber lo que habia dentro. Podia perfectamente ser una comunicacion entre un diplomatico acreditado que estuviera en ese momento en Gibraltar y el Foreign Office.
        -Si durante mas de 20 años españa ha dado por buenas las valijas diplomaticas provenientes de la oficina del Gobernador de Gibraltar (como ha hecho) y de repente ha decidido dejar de hacerlo la manera correcta y educada de hacerlo saber es mandar un aide memoire al gobierno britanico, no un dia abrir una en la frontera. Esa es una manera muy poco elegante de decir «ahora estamos a tortas». Y el Reino Unido se lo va a tomar como tal. Y puestos a repartir tortas yo te puedo decir YA por quien apuesto.

        En general si me preguntas a mi España lo esta haciendo MUY mal con el tema de Gibraltar y esta estirando mucho la goma porque le permite distraer de otras cosas. Y de momento estamos teniendo mucha suerte porque Reino Unido esta teniendo una paciencia digna del santo Job, y el dia que se le acabe esto va a ser muy feo. Por poner un ejemplo, ES perfectamente legal montar un pifostio en la frontera con Gibraltar y hacer a la gente esperar cinco horas, y nos ha salido bien porque ha colado con la CEE y nos ha dado la razon. Pero tu, yo y cualquiera con dos dedos en la frente sabe que como muy bien dijo el Reino Unido las colas se produjeron por motivos politicos, no por un repentino deseo de luchar ferozmente contra el contrabando de Lucky Strike y Ducados. Pero de la misma manera seria legal, por ejemplo, que el gobierno de su graciosa empezara a detener pesqueros españoles para una inspeccion de contenidos en, por ejemplo, Dover y por una cuestion de disponibilidad de tecnicos los llevara a pasar la inspeccion a, por ejemplo, Belfast. Y seria perfectamente legal oye, tendrian todo el derecho del mundo. Ahora, la putada iba a ser de escandalo. Y como esa, mil.

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        1. Amigo mío, si lo que haces no es discutir, que baje Dios y lo vea… En cualquier caso, te insisto en que Reino Unido no tiene razón ni argumentos y que si esto se lleva a La Haya o a cualquier otro tribunal arbitral nos darían la razón porque no es valija diplomática por mucho que los ingleses digan que lo es. Por lo demás, y respecto a que el Gobierno lo está haciendo muy mal con el tema de Gibraltar, estoy de acuerdo. Casi tan mal, por otro lado, como los británicos, porque tanto en lo del contrabando como en lo del paraíso fiscal como en lo de la estupidez de la barrera submarina la cagan grandemente… pero eso es otra historia que será contada en otra ocasión.

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          1. Oye, que yo no he dicho que no discuta. He dicho que lo que yo discuto no es eso. Respecto a como lo esta haciendo Reino Unido de mal daria para otra discusion larga, pero no estoy en total desacuerdo.

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  3. Me comenta mi bien amada esposa, quien ha trabajado para TNT, que dejes de dar la lata con que «era una mensajeria ordinaria» y que las Empresas de Logistica disponen de un protocolo para el transporte de valijas diplomaticas y lo hacen muy a menudo. Just saying.

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    1. Oye, pregúntale a tu esposa si el protocolo de transporte de valijas diplomáticas incluye llevar la documentación que acredita que el bulto transportado es valija diplomática…

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      1. Que si. Y te remito de nuevo al hecho de que nadie ha dicho que no fuera acompañada de la documentacion, dicen que no la reconocen como tal por su procedencia.

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          1. No lo habia visto en ninguno de los otros periodicos, pero me suena a afirmacion con trampa. Dicen que deben cumplir «A y B» y esto no se cuplia. Esa afirmacion es cierta tanto si no cumplian A como si no cumplian B como si no cumplian A ni B.

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      1. No lo tengo, pregunta en la sesion de control al Primer Ministro, pregunta de Bob Stewart Cameron ha respondido diciendo que se ha pedido explicaciones al gobierno español y este ha dicho que «No volvera a suceder»

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      2. «El Reino Unido dijo hoy haber recibido garantías de España de que no se repetirá el incidente de las valijas oficiales británicas abiertas el viernes por funcionarios españoles.» Efe…. Ahora o bien España reconoce que su portavoz del ministerio de Exteriores ayer mismo, o bien mintió o no estaba lo suficientemente bien informado sobre el caso o como decían los clásicos: «Excusatio non petita, accusatio manifesta».

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        1. No estoy muy de acuerdo, Accolon. Uno puede mantener que el incidente no reviste el carácter de ruptura del Convenio de Viena porque la saca intervenida no era, técnicamente, una valija diplomática; y al mismo tiempo pedir disculpas por abrir abierto una saca de correspondencia oficial que, aunque no esté protegida por el Convenio de Viena, sí que goza de una cierta protección diplomática de cortesía. Si, como Jorge y yo sospechamos, se trata de una metedura de pata de un número de la Guardia Civil (de hecho las explicaciones del Gobierno incluyen que fue «an error at a very junior operational level», http://www.theguardian.com/world/2013/nov/27/gibraltar-row-spain-diplomatic-bags) lo que hay que hacer es pedir disculpas por la metedura de pata y reafirmar que se trata de un hecho aislado que no representa la actitud de España ante el Reino Unido. Eso, insisto, sea o no sea valija diplomática.

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          1. Podria, si se hubiera limitado a decir que no considera valija diplomatica. Pero como ademas ha sentido la necesidad de seguir voceando tenemos a nuestro ministro de exteriores diciendo que «no hay ningun conflicto diplomatio» mientras nos tenemos que disculpar, hay una pregunta sobre el tema en la sesion de control al primer ministro y un MP diciendo que «es hora de devolver al ambajador español a Madrid». Muy molon todo.

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